Asamblea promulga la ley del dióxido de cloro pese a observaciones
Un estudio de la Universidad San Francisco Xavier de Chuquisaca establece que el producto no tiene efecto antiviral ni muestra “diferencias significativas” en la saturación de oxígeno
La presidenta de la Asamblea Legislativa Plurinacional, Eva Copa, promulgó la ley que regula de forma excepcional la elaboración, comercialización, suministro, administración y uso consentido de la Solución de Dióxido de Cloro (SDC) de manera preventiva y como tratamiento para el coronavirus.
La norma, sancionada el 5 de agosto tras subsanar observaciones de la Cámara de Diputado, establece que los profesionales médicos podrán administrar el producto bajo consentimiento informado del paciente o un familiar, en conformidad a los protocolos estipulados.
Respecto a la comercialización de la solución química, señala que estará a cargo de laboratorios y universidades al gobierno nacional, gobiernos subnacionales, farmacias y clínicas legalmente establecidas, mientras que la población podrá adquirirlo las farmacias y sin la necesidad de receta médica.
La ley fue promulgada, pese a que la ministra de Salud, Eidy Roca, alertó en julio que el uso del dióxido de cloro, como un supuesto remedio contra el covid-19, ya provocó muertes en el país a causa del consumo de esa sustancia altamente tóxica para la salud.
Un informe científico, publicado por el Ministerio de Salud, afirma que el dióxido de cloro es utilizado como blanqueador y desinfectante, pero que puede causar fallas respiratorias, trastornos sanguíneos, presión arterial baja, falla hepática, anemia, vómitos y diarrea.
Otro estudio, elaborado por la Universidad San Francisco Xavier de Chuquisaca, establece que el producto no tiene efecto antiviral ni muestra “diferencias significativas” en la saturación de oxígeno. Además, señala que no se registraron reacciones adversas, según los resultados presentados este miércoles.