Polémica por convocatoria a certamen de belleza de Promociones Gloria
Para la Defensoría del Pueblo, incurre en violencia simbólica y refuerza los estereotipos de género y discriminación

La convocatoria para postular a Miss y Señorita Santa Cruz 2021, que emitió Promociones Gloria, fue el blanco de críticas en las redes sociales y según la Defensoría del Pueblo incurre en violencia simbólica y refuerza los estereotipos de género y discriminación.
¿Qué dice la convocatoria de Promociones Gloria? Ser boliviana de nacimiento y residir en Santa Cruz, tener entre 17 y 28 años de edad, haber nacido mujer, soltera y probar que no haya tenido hijos propios, poseer una conducta moral intachable, ser delgada y poseer figura armoniosa, ser bonita de rostro y simpática de trato, poseer aceptable nivel cultural e intelectual, y tener una estatura mínima de 1.68 sin tacones.
Los requisitos para este certamen de belleza no son nuevos, en la página web de la organización figuran todavía convocatorias de otros años en el mismo sentido, pero esta vez no fueron del agrado de usuarios de redes sociales ni de la Defensoría del Pueblo.
La institución, a través de un comunicado, denunció que el hecho de que se incluya para el certamen a adolescentes incluso de 17 años de edad es contradictorio con la protección estatal de las niñas y adolescentes que se encuentran en una etapa de desarrollo integral, y que podría derivar en acciones de hipersexualización, que vulnerarían el Código Niña, Niño y Adolescente.
Señaló, asimismo, que las exigencias de probar que no ha tenido hijos propios, poseer conducta moral intachable, ser delgada, poseer una figura armoniosa, ser bonita de rostro y simpática de trato y tener una estatura mínima de 1,68 m (sin tacos) proyectan la cosificación de la mujer, a través de patrones socioculturales y estereotipos de género que únicamente refuerzan la concepción del cuerpo de la mujer como objeto.
También se refirió al requisito de “haber nacido mujer”, que vulnera el derecho a la identidad de género e inclusive deriva en discriminación, de acuerdo con lo establecido en el parágrafo II del Artículo 14 de la Constitución Política del Estado, que señala: “El Estado prohíbe y sanciona toda forma de discriminación fundada en razón de sexo, color, edad, orientación sexual, identidad de género”.
Por lo expuesto, la institución exhortó a las autoridades nacionales y departamentales de Santa Cruz a regular y sancionar las convocatorias a los concursos de belleza conforme a la normativa de protección a las mujeres y niñas, a objeto de evitar toda forma de violencia simbólica, que pueda afectar los derechos de las mujeres, y que generen escenarios de discriminación.
Recordó que, la Ley 348 considera Violencia Simbólica y/o Encubierta a los mensajes, valores, símbolos, íconos, signos e imposiciones sociales, económicas, políticas, culturales y de creencias religiosas que transmiten, reproducen y consolidan relaciones de dominación, exclusión, desigualdad y discriminación, naturalizando la subordinación de las mujeres.
Mencionó también que la norma caracteriza a la Violencia Mediática como la producida por los medios masivos de comunicación a través de publicaciones, difusión de mensajes e imágenes estereotipadas que promueven la sumisión y/o explotación de mujeres, que la injurian, difaman, discriminan, deshonran, humillan o que atentan contra su dignidad, su nombre y su imagen.
El Servicio Plurinacional de la Mujer y de la Despatriarcalización también se pronunció y señaló que la convocatoria “produce estereotipos y roles de género que son semilla de las violencias hacia las mujeres”:
Promociones Gloria no se ha pronunciado al respecto; sin embargo la convocatoria ya no está disponible ni en sus redes sociales ni el su página web.