Gobierno amplía medidas contra el covid-19 hasta el 31 de diciembre de 2021

El nuevo Decreto Supremo ordena continuar con los controles en los aeropuertos y la aplicación de medidas como el uso del barbijo

Toman la temperatura a un adulto mayor antes de la vacunación. Toman la temperatura a un adulto mayor antes de la vacunación. Foto: Archivo/AFP

Sucre/CORREO DEL SUR DIGITAL
Sociedad / 26/08/2021 23:46

El Gobierno nacional emitió este jueves el Decreto Supremo 4577 que extiende la vigencia de las medidas y acciones de bioseguridad y vigilancia epidemiológica hasta el 31 de diciembre de 2021 en Bolivia.

Entre las medidas establecidas para la lucha contra el covid-19 están el uso obligatorio del barbijo, lavado de manos y distanciamiento físico, además de la distribución de test y vacunas del Ministerio de Salud y su aplicación a cargo de los niveles subnacionales.

“Para precautelar la salud y vida de la población boliviana, aprobamos el DS 4577 que amplía hasta el 31 de diciembre de 2021, la implementación de medidas y acciones de bioseguridad y vigilancia epidemiológica de la #COVID19”, publicó el presidente Luis Arce en su cuenta de Twitter.

En otro tuit, el mandatario convoca a la población a vacunarse para alcanzar la “inmunidad colectiva”. “Las vacunas están garantizadas, el plan de vacunación sigue adelante y es nuestra mejor defensa contra la pandemia”, escribió.

El Decreto Supremo 4577 cambia por quinta vez el DS 4451 del 13 de enero, que establece las medidas por la pandemia. La última norma referida a las acciones contra el covid-19 estaba vigente hasta este 31 de agosto.

La nueva norma, publicada este jueves en la Gaceta, establece “la ampliación de la vigencia de las vivencias tramitadas a nivel nacional o en el extranjero en los pagos de Pensiones presentados por Asegurados o Derechohabientes, cuyo vencimiento se produzca desde el periodo enero 2021 hasta el 31 de diciembre de 2021”.

“Las Entidades de la Seguridad Social de Largo Plazo y del Sistema de Reparto, podrán efectuar los Controles de Vivencia de los casos con vencimiento desde el periodo enero 2021 hasta el 31 de diciembre de 2021”, señala el segundo parágrafo modificado del artículo 20 del DS 4451.

Otra de las modificaciones señala que “el beneficiario de los pagos habilitados y autorizados de la Renta Dignidad, de las Prestaciones y Beneficios de la Seguridad Social de Largo Plazo y del Sistema de Reparto, podrá de manera excepcional, autorizar a un familiar para proceder al cobro de dicho pago en las Entidades Financieras, hasta el 31 de diciembre de 2021”.

El DS 4577 ordena también continuar con las pruebas de covid-19 a los trabajadores de los aeropuertos.

Este es el nuevo Decreto Supremo aprobado por el Gobierno nacional: 

 

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