Gobierno declara emergencia sanitaria en Bolivia ante la explosión de casos de covid-19

La decisión se tomó tras una reunión del Consejo Nacional Estratégico para Emergencias Sanitarias

La Conferencia de prensa que ofreció esta noche el Consejo Nacional de Emergencia Sanitaria. La Conferencia de prensa que ofreció esta noche el Consejo Nacional de Emergencia Sanitaria. Foto: Captura de video

Sucre/CORREO DEL SUR DIGITAL
Sociedad / 29/12/2021 21:48

El Gobierno declaró este miércoles emergencia sanitaria en Bolivia ante la explosión de casos de covid-19.

La medida facilitará la adquisición de medicamentos e insumos médicos y regulará la venta de medicamentos y la prestación de servicios en los centros médicos privados y públicos, entre otros.

La decisión se tomó tras una reunión del Consejo Nacional Estratégico para Emergencias Sanitarias.

“Se ha recibido al determinación del Consejo de que este ministerio declare emergencia sanitaria a nivel nacional”, dijo el ministro de Salud, Jeyson Auza, en conferencia de prensa.

En ese marco, dijo que, durante la vigencia de la emergencia sanitaria, se aplicarán las siguientes medidas:

  • Respecto a medicamentos e insumos: Los laboratorios farmacéuticos industriales nacionales e importadores deben presentar la lista de precios máximos de venta de medicamentos. La Agemed publicará la lista actualizada de precios máximos unitarios de dichos medicamentos y dispositivos médicos.
  • Respecto a registros sanitarios: Se contará con un procedimiento abreviado para la emisión de dichos registros sanitarios.
  • Respecto a la prohibición de suspensión de servicios en salud: Por ningún motivo podrán ser interrumpidos los servicios del sistema nacional de salud mientras dure la declaración de emergencia sanitaria.
  • Respecto a los servicios médicos en establecimientos privados: No se podrá exigir depósitos previos, garantías o cualquier tipo de cobro anticipado en los establecimientos del subsector privado.
  • Respecto a la medicina tradicional: Se podrá recurrir a la medicina tradicional para la prevención y contención de las enfermedades durante la emergencia sanitaria.
  • Respecto a la contratación de bienes y servicios: las entidades territoriales y autónomas y otras podrán realizar contrataciones directas de bienes y servicios, las cuales deberán estar orientadas a la prevención y atención inmediata y oportuna de la población afectada. Se podrá realizar tanto en territorio nacional como en el extranjero.
  • Respecto a la contratación de personal médico: Se podrá abreviar plazos y simplificar requisitos y procedimientos para la contratación del personal profesional y técnico en salud.
  • Respecto a los despachos aduaneros: Se procederá al despacho aduanero en un plazo máximo de 24 horas los insumos, medicamentos y dispositivos médicos, equipamiento y reactivos.
  • Respecto a la liberación de impuestos: La importación de pruebas diagnósticas, vacunas, medicamentos, insumos, reactivos y equipos medidos necesarios para la prevención y contención de la pandemia por covid-19, efectuada por el sector público durante el periodo de de declaratoria de emergencia nacional, estará exenta del pago de tributos aduaneros.

“Estamos dotando de un marco normativo que permite a las entidades territoriales autónomas asumir las acciones necesarias para afrontar de la mejor manera posible al pandemia”, explicó Auza.

El ministro agregó que, si bien los casos diarios se dispararon, la tasa de letalidad, un “dato esperanzador”, señaló, se encuentra en 0,9% en la cuarta ola.

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