Segip habilita extensión de documentos digitalmente
El Servicio General de Identificación Personal (Segip) habilitó la extensión digital de la cédula de identidad y de la licencia para conducir, de acuerdo al Decreto Supremo 4861 aprobado en gabinete ministerial.
El Servicio General de Identificación Personal (Segip) habilitó la extensión digital de la cédula de identidad y de la licencia para conducir, de acuerdo al Decreto Supremo 4861 aprobado en gabinete ministerial.
La normativa indica que el nuevo formato de presentación de los documentos podrá ser exhibido de “forma alternativa” a la cedula y a licencia en formato físico. Su sola exhibición acredita la identificación del titular, “siendo válida en la jurisdicción territorial”.
“La Cédula de Identidad en formato digital, solo podrá ser exhibida desde la aplicación móvil Estado Digital ED-7, administrada por el SEGIP”, señala el parágrafo II del artículo 4 del decreto 4861.
Según el artículo 3 del decreto, la cédula de identidad contendrá la impresión de huella dactilar o huella plantar, fotografía a color en fondo blanco, número de cédula de identidad, código complemento y, en los casos que corresponda nombres del titular, apellidos del titular, firma o huella dactilar del titular.
Ambos documentos digitales podrán ser habilitados de manera voluntaria, ya cuenten con la cédula y la licencia en formato físico.
Esta habilitación solo podrá efectuarse en un único celular o dispositivo inteligente a solicitud del titular de los documentos. Los documentos en soporte digital tendrán dos años de vigencia; concluido este periodo se considerarán vencidos y caducos para todo efecto legal, “debiendo el titular proceder a su renovación".