Sancionan a líder indígena por presunto desmonte ilegal denunciado por interculturales

La Autoridad de Bosques y Tierra procesó al tsimane Rosendo Merena sin comunicarle de la acción que realizaba

El líder indígena tsimane Rosendo Merena. El líder indígena tsimane Rosendo Merena. Foto: Fundación Tierra

La Paz/ANF
Sociedad / 20/06/2023 09:11

La Autoridad de Bosques y Tierra (ABT) sancionó con 1.437 UFV, que equivalen a Bs 3.450, al líder indígena tsimane Rosendo Merena. Lo procesó sin comunicarle de la acción que realizaba y lo acusó sin pruebas de presuntamente haber realizado dos desmontes “ilegales” que suman 7,5 hectáreas, informó la Fundación Tierra.

Rosendo Merena, dirigente tsimane del Sector Yacuma, es un líder indígena que desde hace años emprende una lucha incansable por los derechos de la nación tsimane, reconocida por la Constitución Política de Estado.

Desde 2017, la ABT lo acusó de los delitos de desmonte en informes técnico-legales, ordenó peritajes y firmó un sinfín de documentos. “Todo ese tiempo, los juristas del ente fiscalizador se ocuparon de casi todas las diligencias, excepto de una: contactarse con el procesado”, reflejó Fundación Tierra.

El 14 de marzo de este año, en la oficina en San Borja en el departamento de Beni, un abogado le comunicó –para sorpresa de Merena– que había sido encontrado culpable por unos desmontes ilegales, le aconsejó recaudar el dinero y retornar al pueblo cuanto antes para depositar en el Banco Unión.

El proceso en contra del dirigente indígena empezó el 9 de octubre de 2017, a denuncia escrita de los interculturales de la Comunidad Agroganadera Flor de Mayo, del municipio de San Borja (Beni). Según los tsimanes, los denunciantes viven en otro lugar, pero coordinan con las autoridades.

La ABT demoró solo dos días para la admisión y organización de un viaje de inspección. El 12 de octubre una comisión, al mando de un funcionario de apellido Clavijo, se trasladó a Flor de Mayo, pero al no ubicar a la familia tsimane, se trasladó hasta la “Comunidad Tsimane 10 de Junio”, en busca de uno de los denunciados: Rosendo Merena, pero tampoco dieron con él.

Cuando llegaron a la comunidad notaron señales de otro desmonte a ambos lados del camino, por lo que decidieron ejecutar una segunda inspección que no estaba en los planes del viaje. Hicieron esa inspección sin testigos tsimanes.

La ANF intentó comunicarse con Merena o con su hijo Mithman, para recoger su posición respecto a este hecho; sin embargo, no fue posible. Este medio conoció al líder indígena el 2020 cuando visitó comunidades tsimanes que demandaban al Gobierno la titulación de sus tierras.

“En los meses restantes del mismo año (2017), el proceso sancionatorio avanzó a pasos acelerados. La ABT determinó en trabajo de gabinete que existían dos desmontes ilegales, uno de 1,89 hectáreas en Flor de Mayo y el segundo de 5,67 hectáreas en 10 de Junio. También llegó a calcular la multa que en total ascendía a 1.437 UFV. Asimismo, tomó la decisión de iniciar un proceso “sumario administrativo” en contra de Rosendo Merena, señalado desde ese momento como el único “supuesto infractor”, sin más pruebas que la carta de los interculturales de Flor de Mayo. A fin de cumplir con los procedimientos de ley, la autoridad forestal otorgó un “periodo probatorio” de 15 días para que el acusado asuma defensa y presente las pruebas de descargo que vea conveniente. Para la activación de este plazo fijado hacía falta una diligencia obligatoria: la notificación escrita en manos del cacique”, describe Fundación Tierra en una nota sobre el tema.

De acuerdo con esta institución, nunca se produjo la notificación física, sino que la ABT optó por la emisión y publicación del llamado “edicto”. Justificó tal decisión indicando que no había notificado personalmente al interesado “en razón que se desconoce el domicilio del señor Rosendo Merena”. Los edictos 013/2018 y 015/2018 fueron difundidos por la radio Jipijapa FM 93,5 de San Borja, a sabiendas de que el cacique vive fuera de la cobertura radial y sin acceso a la red eléctrica. La emisión radial sirvió para clausurar el “periodo probatorio” que el acusado tenía a su favor para defenderse. Luego de este paso decisivo, el proceso legal ingresó a su recta final.

El 2019, la ABT retomó el proceso en contra de Merena. “Esta vez, ratificó y dictaminó las decisiones previas mediante dos “resoluciones administrativas”. En estas, advertía al desinformado cacique con ejecutar la deuda ante los tribunales de justicia; es decir, utilizando la fuerza pública para confiscar y rematar sus bienes. También resolvió la paralización de todos los trámites presentes y futuros. Entretanto, el cacique tsimane “seguía en su mundo, todavía ajeno a las malas noticias”.

Al igual que en el “periodo probatorio”, la autoridad forestal estaba obligada a entregar una nueva notificación con la resolución emergente del proceso administrativo. Y para que el formulario de notificación tenga valor probatorio, faltaba la firma del sancionado. Pero, en los meses y años subsecuentes, la ABT no buscó al cacique “acorralado” y así cerrar el expediente. La espera terminó el 14 de marzo del 2023, cuando el cacique tsimane tomó conocimiento de una sanción “irregular”.

Una de las resoluciones aprobadas en contra de Rosendo Merena textualmente señala: “Aperturar el periodo probatorio de 15 días hábiles administrativos, para que el administrado asuma defensa y presente las pruebas de descargo que crea conveniente, de conformidad con el artículo 30 parágrafo IV concordante con el Art 36 del Reglamento de Procesos Administrativos Sancionadores y Aplicación de Tolerancias de la ABT por Resolución Administrativa ABT Nº 042/2016 y el Art 47 parágrafo III de la Ley 2341; para tal efecto el plazo empieza a correr desde su legal notificación”.

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