La Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes (ATT) puso en vigencia un reglamento mediante el cual regula y garantiza los procedimientos, condiciones y requisitos para el transporte de mascotas y/o animales de compañía en el servicio de transporte terrestre interdepartamental.
Pero, ¿cuáles son los principales requisitos y aspectos de esta nueva normativa? Según la ATT, los siguientes:
Previamente a la adquisición de un pasaje o boleto, el usuario que desee o necesite viajar con su mascota debe anunciar al operador sobre el uso de este servicio, que estará sujeto a disponibilidad de espacios previstos por cada unidad vehicular.
Un aspecto imprescindible que menciona el documento es portar el certificado y/o carnet de vacunación antirrábica y desparasitación del último año calendario o en su defecto el certificado zoosanitario actualizado, que refleje que la vacuna fue aplicada mínimamente treinta días previos al viaje.
Asimismo, la norma indica que el pasajero tendrá la opción de transportar a sus mascotas en un canil o bolsos transportadores.
Por otro lado, los operadores del servicio de transporte terrestre deberán habilitar espacios, sectores o asientos específicos, que garanticen la seguridad y bienestar tanto de las mascotas y de los usuarios. También deberán incluir a la lista de pasajeros la cantidad de mascotas que serán transportadas.
Además, el reglamento señala que solo estará permitido un máximo de cuatro animales en cada viaje.
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