Comibol: 113 dirigentes declarados en comisión

El dato se conoció luego de una petición de informe de dos senadores

MINERÍA. La Comibol dirige las empresas estatales del rubro. MINERÍA. La Comibol dirige las empresas estatales del rubro. Foto: Archivo

CORREO DEL SUR con datos de Agencias
Sociedad / 17/03/2024 06:31

De 166 altos dirigentes del sector minero estatal en la Corporación Minera de Bolivia (Comibol), al menos 113 están declarados en comisión, es decir, reciben un salario pero no desarrollan sus actividades por atender asuntos sindicales.

El dato surgió de una petición de informe realizada por los senadores Centa Rek y Henry Montero (Creemos), quienes verificaron que existen 166 dirigentes sindicales que perciben sueldo del Estado, de los cuales el 68% está declarado en comisión.

Según el informe, la Empresa Minera Huanuni es la que tiene más dirigentes en Comibol, 69 (41%); le sigue la Empresa Minera Colquiri, con 28, mientras que la Empresa Minera Quechista cuenta con 20. 

La empresa Coro Coro y las metalúrgicas Karachipampa y Vinto también tienen dirigentes.

De acuerdo con la escala salarial 2023 de Comibol, la planilla mensual de 391 funcionarios asciende a 1,98 millones de bolivianos; al año Bs 23,82 millones, de acuerdo con datos difundidos por ANF, El Deber y Sumando Voces. “Hemos intentando mediante PIEs (Peticiones de Informe Escrito) obtener una mayor información y tenemos ahí una dificultad porque nunca nos contestan de manera adecuada: siempre con evasivas, poniendo una serie de obstáculos”, reclama Rek en un video.

El también senador Santiago Ticona, de Comunidad Ciudadana, considera que el Estado hace un mal uso de sus recursos, pues instituciones que responden al Movimiento Al Socialismo tienen “ciertas ventajas”. 

“No hay información transparente en Bolivia”, se queja Rek.

DECRETO SUPREMO

De acuerdo con el Artículo 97 del Decreto Supremo N° 22407, “los principales dirigentes de la Central Obrera Boliviana (COB), centrales obreras departamentales (COD), centrales obreras regionales (COR), confederaciones nacionales, federaciones nacionales y departamentales de trabajadores serán declarados en comisión, caso por caso, mediante resolución ministerial expresa, con goce del cien por ciento de sus haberes y demás beneficios sociales, mientras desempeñen sus funciones sindicales”.  

A estos trabajadores no se les puede despedir, perseguir, cambiar de cargo, hostigar ni amedrentar por el ejercicio de su mandato y hasta un año después de la finalización de su gestión. Asimismo no se puede disminuir sus derechos sociales y laborales. Tienen el “goce del ciento por ciento de sus haberes y demás beneficios sociales, mientras desempeñen sus funciones sindicales”, indica la normativa.

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