Jóvenes desde los 16 años podrán obtener autorización provisional para conducir
Esta autorización tendrá vigencia desde la fecha de emisión hasta que el titular cumpla 18 años.
El Gobierno aprobó el Decreto Supremo 5364, que establece una autorización provisional para que jóvenes de entre 16 y 18 años puedan conducir ciertos tipos de vehículos, siempre que cumplan con una serie de requisitos.
Esta autorización se otorga en dos subcategorías:
- JM: motocicletas, triciclos y cuadriciclos.
- JP: automóviles, camionetas y vagonetas de uso particular, con capacidad máxima de siete personas, incluido el conductor.
La norma aclara que esta licencia es exclusiva para vehículos particulares, por lo que el beneficiario no podrá conducir en actividades que impliquen una remuneración, como el transporte público.
Responsabilidad de los padres o tutores
Uno de los aspectos clave del decreto es que los padres, guardadores o tutores del joven asumirán la responsabilidad civil por cualquier infracción, daño o falta cometida por el titular de la autorización. Además, la responsabilidad penal del joven conductor se regirá según el Código Penal.
Para tramitar esta autorización, uno de los padres o tutores deberá otorgar su consentimiento y gestionar el proceso ante el Servicio General de Identificación Personal (SEGIP). Su nombre quedará registrado en la licencia provisional.
Los jóvenes interesados deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Tener entre 16 y 18 años.
- Contar con la autorización de uno de los padres, guardadores o tutores.
- Tener su registro y Cédula de Identidad digitalizados y sin observaciones en el SEGIP.
- No tener restricciones o pendientes en el SEGIP.
- Presentar un certificado de capacitación de conducción emitido por un centro autorizado por el Ministerio de Educación.
- Aprobar el examen de habilidades de conducción supervisado por el SEGIP.
- Contar con un certificado médico que incluya evaluación física, visual y auditiva, además del tipo sanguíneo.
- Presentar una evaluación psicológica que determine su madurez, realizada por un profesional autorizado por el SEDES.
- No contar con antecedentes en la Felcn, Felcc ni Tránsito.
Esta autorización tendrá vigencia desde la fecha de emisión hasta que el titular cumpla 18 años.