Las minas de Potosí se cobran, en su mayoría, vidas de jóvenes
Pocos logran los beneficios sociales previstos por ley, algunas cooperativas transan con los familiares
La bonanza minera dinamiza la actividad extractiva de metales en las diferentes regiones del departamento de Potosí y con ello aumenta la ocupación de trabajadores para perforar la roca y extraer la plata, el plomo, el zinc y otros minerales.
Sin embargo, el crecimiento de la actividad minera no está yendo de la mano con la implementación de las necesarias medidas de seguridad industrial, pues en lo que va del año ya se registró la muerte de 54 mineros en las minas cooperativizadas de Potosí.
De acuerdo a los reportes de decesos que periódicamente proporciona la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (Felcc), alrededor del 80 por ciento de los fallecidos son jóvenes que ingresaron a la mina ante la imposibilidad de acceder a otra fuente laboral.
En muchos casos los que mueren en los socavones provienen de otras regiones del país e, incluso, ya se tiene reportada la defunción de un venezolano.
En el último caso reportado por muertos en mina, el hecho ocurrió el pasado viernes y las víctimas fueron identificadas como Omar Guarayo Bellido (19), Mijael Guarayo Carata (18) y Miguel Alcón Mamani (23).
La Ley de la Juventud del 5 de febrero de 2013 señala que están considerados como jóvenes los varones y mujeres comprendidos entre las edades de 16 a 28 años.
La mayor cantidad de muertes en mina corresponden a personas de 20 a 26 años, siendo pocos los que se encuentran en el rango de 30 para arriba.
No existe una estadística clara respecto a los grupos de edades de las víctimas, pero se conoce que el 1 de enero perdió la vida un minero de 19 y otro de 24 años, este último era natural de la ciudad de Sucre.
El 4 de febrero falleció un minero de 18 años; el 17 de abril, dos trabajadores de 26 y 23 años.
Personal de bomberos que suele ir a recuperar los cuerpos en las minas confirmó que generalmente son personas jóvenes las que pierden la vida al interior de los socavones.
De acuerdo con la Ley General de Trabajo, cuando se produce una muerte por accidente laboral en mina, la familia del trabajador fallecido tiene que recibir 24 sueldos promediando lo ganado en los tres últimos meses.
Como los familiares del minero fallecido no pueden demostrar que el trabajador tuviera aportes a la Gestora, un salario fijo y acceso a la seguridad social, se suele sacar un promedio de lo ganado en los tres últimos meses para que ese monto sea multiplicado por 24.
Lamentablemente muchos no tienen ni las papeletas de pago, así que se concilia con el empresario y muchas veces se define el pago de 24 salarios básicos.
En algunas minas los contratistas transarían con los familiares de la víctima con montos menores a los establecidos en la norma.
SEGURIDAD
En una anterior entrevista, el presidente de la Federación Departamental de Cooperativas Mineras de Potosí (Fedecomin), Óscar Chavarría, hizo conocer que en su sector estaban extremando recursos para evitar las muertes.
Lamentó que con regularidad se reporten muertos en minas en la capital y provincias, pero considera que aspectos como la presencia de gas en los socavones es algo que no pueden prevenir.
También dijo que por la imprudencia de los propios trabajadores se presenta un gran número de muertes por caídas en los cuadros.
Remarcó que los cooperativistas están aplicando las normas de seguridad laboral aunque no en un cien por ciento, pero existe el compromiso de ir mejorando las condiciones de trabajo evitando las muertes en las galerías.
COORDINACIÓN
La delegada de la Defensoría del Pueblo en Potosí, Jackeline Alarcón, informó que frente al elevado número de muertes en mina se estaba efectuando el trabajo de coordinación institucional para que se puedan asumir acciones tendentes a frenar esa dolorosa situación.
El trabajo de coordinación busca que los operadores mineros asuman la responsabilidad de implementar medidas de seguridad industrial y dotar a sus trabajadores de los insumos necesarios para el trabajo en mina, como son las botas, los cascos, chalecos de seguridad y otros.
La Jefatura del Trabajo deberá realizar las inspecciones periódicas para garantizar que los operadores mineros cumplan con las medidas de seguridad industrial y se vaya bajando la cantidad de muertos en los socavones.
TENTADOS
Un trabajador indicó que pese a la inseguridad que existe en las minas, los jóvenes son seducidos por la paga que consiguen día a día trabajando en las oscuras galerías en la capital o provincia.
Dijo que los jornales varían de acuerdo a la cooperativa pero el rango general fluctúa entre los 180 y 200 bolivianos, montos que no son nada despreciables para jóvenes que muchas veces vienen del interior del país y requieren un ingreso seguro.
También gente de las provincias potosinas y de la propia capital se arriesga a entrar a las minas para ganar algo de dinero puesto que en otras actividades los jornales son muchos más bajos.
Ese mismo criterio fue expresado por la dirigente del Consejo de Niños y Niñas Adolescentes Organizados de Potosí, Venus Nayelina, quien comentó que la minería es una actividad que seduce a muchos menores porque en esa actividad la remuneración es más alta que en otras, además que el tiempo de trabajo es menor.
Indicó que muchos menores trabajadores están más de 12 horas en la venta de diferentes productos con una baja remuneración por lo que prefieren ir a las minas, donde ganarán más, pero lo lamentable es que trabajando en los socavones están expuestos a la inhalación de polvos, que sus cuerpos sean afectados por la humedad y el frío, en especial que puedan ser víctimas de algún accidente laboral que termine con sus vidas.
Estudiantes de colegio y universitarios ingresan a trabajar en las minas
En el último tiempo se evidenció que algunos estudiantes de colegios y universitarios están ingresando a trabajar en las minas debido a la situación económica que pasan sus hogares.
Algunos incluso estarían dejando su actividad educativa para trabajar en las galerías en procura de apoyar a sus padres que están sin empleo por su avanzada edad.
También se sabe que durante la vacación invernal aumenta la migración de niños y adolescentes de las provincias que llegan a la Villa Imperial en busca de una fuente de empleo.
La representante de la Defensoría del Pueblo en Potosí, Jacqueline Alarcón, reportó que cuando inicia la vacación invernal crece considerablemente la mano de obra de menores en las minas de Potosí.
Algunos menores que llegan de las provincias y otros departamentos se dedican a la venta de diferentes productos, pero mayormente prefieren buscar trabajo en las minas porque el ingreso que logran es mayor.
Desde esa oficina se dio a conocer que, de acuerdo a reportes de migración de menores en busca de trabajo, se conoce que entre los meses de junio y julio llegan niños desde los nueve años que generalmente se dedican al comercio, los adolescentes se acomodan en comercio, gastronomía (broasterías), construcción y, pese a la legislación laboral, algunos van a trabajar en las minas.
Alarcón detalló que el trabajo en las minas está catalogado por normas internacionales como una de las peores formas de trabajo infantil y no se puede permitir el desempeño laboral en ese espacio.
El Estado de Bolivia promulgó el 17 de julio de 2014 un nuevo Código de la Infancia y la Adolescencia (Ley Nº 548, Capítulo VI) que autoriza con carácter excepcional y oficial el trabajo infantil a partir de los 10 años.
El Convenio 138 de la OIT prohíbe el trabajo de menores en minas, canteras y zafra por considerar como las peores formas de trabajo.
Art. 58 de la Ley General del Trabajo: Se prohíbe el trabajo de los menores de 14 años de uno y otro sexo, salvo el caso de aprendices y las excepciones fijadas por el Código Niña, Niño y Adolescente. Los menores de 18 años no podrán contratarse para trabajos superiores a sus fuerzas o que puedan retardar su desarrollo físico normal.
Art. 126 del Código Niño, Niña y Adolescente (Derecho a la Protección en el Trabajo). I. Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a estar protegidas o protegidos por el Estado en todos sus niveles, sus familias y la sociedad, en especial contra la explotación económica y el desempeño de cualquier actividad laboral o trabajo que pueda entorpecer su educación, que implique peligro, que sea insalubre o atentatorio a su dignidad y desarrollo integral.