La universidad, el reflejo de la crisis judicial
Uno de los pilares de la Reforma Judicial en Bolivia es la formación profesional de las y los abogados, pues la administración de justicia puede estar acompañada de una modernización tecnológica e incluso reformas normativas
Uno de los pilares de la Reforma Judicial en Bolivia es la formación profesional de las y los abogados, pues la administración de justicia puede estar acompañada de una modernización tecnológica e incluso reformas normativas, pero si no se complementa con una formación coherente, que responda al modelo constitucional de nuestro Estado y las demandas reales de nuestra sociedad plural, todo esfuerzo será inútil.
Este proceso requiere revisar los planes formativos universitarios, pues ellos derivarán en administradores de justicia, que no son solo jueces, pues toda y todo servidor público del Órgano Judicial tiene la responsabilidad de desempeñar su trabajo conforme a los principios de la Justicia establecidos en nuestra Constitución, así como las y los abogados independientes.
El artículo 178 de la Constitución Política del Estado establece en su parágrafo primero que “la potestad de impartir justicia emana del pueblo boliviano y se sustenta en los principios de independencia, imparcialidad, seguridad jurídica, publicidad, probidad, celeridad, gratuidad, pluralismo jurídico, interculturalidad, equidad, servicio a la sociedad, participación ciudadana, armonía social y respeto a los derechos”.
En este contexto ¿Cuál debería ser el perfil profesional de las y los abogados, considerando el artículo 178 de la CPE y la realidad jurídica y social de nuestro país? ¿El Sistema Universitario está formando abogados y abogadas con las herramientas suficientes para materializar los principios de la justicia boliviana?
En una entrevista para la Revista Jurídica Tribunales el Ministro de Justicia, Iván Lima Magne, manifestó que un tema de fondo en la Reforma Judicial es la Universidad y las Carreras de Derecho que están formando en una crisis absoluta, los postulantes cada vez son peores y la formación está en una crisis terminal porque realmente ser abogado ahora es lo más fácil que puede haber. Además, fue enfático al señalar que la persona, el ser humano es fundamental para que toda Reforma funcione, pues se tiene edificios, computadoras, leyes, pero si no se tiene jueces que deciden no se tendrá una transformación en la Justicia.
A modo de una simple referencia revisamos los perfiles profesionales y plan de estudios de la Carrera de Derecho de la Universidad San Francisco Xavier de Chuquisaca (USFX), la Universidad Mayor de San Andrés (UMSA) y la Universidad Gabriel René Moreno (UAGRM), obteniendo en resumen que:
1
La UMSA
En su perfil académico enuncia que el profesional en Derecho tendrá, entre otras, las siguientes capacidades: sólida formación jurídica, que le permita comprender la organización de la sociedad boliviana; conocerá la organización del Estado y las normas legales que regulan la administración pública; aplicará en la Judicatura, el foro, la función pública y en cualquier ámbito del ejercicio de su profesión, la más avanzada tecnología en informática; podrá detectar conflictos de interés, reconocer las dimensiones morales de los problemas y entender la demanda social por transparencia en el ejercicio de la abogacía; manejará casos civiles, penales, administrativos y de cualquier índole jurídica en los tribunales competentes; realizará diagnósticos y estudios de la situación que guardan las actuales instituciones jurídicas y, en particular, las estructuras y procesos de gobierno, proponiendo las reformas conducentes.
Sin embargo, en los planes académicos de las cinco áreas: Penal, Privada, Pública e Internacional, se tiene que en el primer año se enseña Historia del Derecho y Derecho Romano, que Derecho Constitucional se lleva como materia en el segundo año de formación, pero el Derecho Civil es una materia trasversal de todo el plan de estudios y no aparece o figura el pluralismo jurídico, así como tampoco una materia específica de Derechos Humanos.
2
La USFX
El perfil profesional está definido de la siguiente manera: “La o el licenciado en derecho es el profesional, probo e idóneo, defensor de los derechos humanos y de la supremacía constitucional, capaz de ejercer su profesión de manera estratégica aplicando las competencias adquiridas en saberes disciplinares, procedimentales y actitudinales en forma independiente, autónoma, eficiente, ética, solidaria, crítica y reflexiva para el servicio de la sociedad en todos los ámbitos, la producción y difusión del saber científico, buscando la solución de conflictos para la preservación del orden y la cultura jurídica de paz, capaz de responder con valores y principios para la transformación de un contexto globalizado, plural y autonómico”.
Sin embargo, parece crítico formar a defensores y defensoras de derechos humanos y de la supremacía constitucional si en el plan de estudios no existe la materia de Derechos Humanos como tal y Derecho Constitucional no es una materia transversal. Tampoco se entiende cómo se piensa formar profesionales “para la transformación de un contexto globalizado, plural y autonómico” si no se tiene la materia de Pluralismo Jurídico y Proceso Autonómicos. Del mismo modo, cómo se puede esperar que los profesionales sean capaces de “dar solución a conflictos para la preservación del orden y la cultura jurídica de paz” si no se tiene una materia en referencia a la mediación. Lo que sí encontramos en el plan académico de la USFX es Derecho Romano y Derecho Civil como materia transversal en todo el plan.
La digitalización de la Justicia es otro pilar en la agenda gubernamental de la Reforma Judicial, sin embargo, en la USFX el docente Titular de la materia de Informática Jurídica tiene especialidad en Derecho Tributario y una maestría en Educación Superior. Al respecto, en una entrevista a tres alumnos de la Carrera de Derecho (entre tercer y quinto año) manifestaron que:
“Como todo joven, una materia denominada informática jurídica genera expectativas que, lamentablemente, en la carrera de derecho de la Universidad San Francisco Xavier, no logran cubrir”.
“Como ya es costumbre en la Universidad, el docente apareció casi a mitad de año, cerca de los exámenes parciales. Con una actitud desafiante, un poco extraña, porque parecía intentar cubrir su dejadez con la materia aparentando un nivel de exigencia que no le iba al caso”.
“Con profunda decepción Descubrí que la materia nada tenía que ver con informática jurídica, al menos nada relacionado con lo que vi en internet (gestión de información y de sistemas informáticos), sino, era una especie de “taller para hacer un memorial en Word”.
3
La UAGRM
Tiene una visión general sobre el Derecho, publicada en su página oficial, la cual en su último y tercer párrafo señala que “En el siglo iii d. C, el jurista romano Ulpiano acuñó la división de la ciencia del derecho en dos grandes ramas: el derecho público, que regula la actuación de los poderes públicos; y el derecho privado, que regula las relaciones entre personas físicas y jurídicas. Esta división, a grandes rasgos, persiste en la actualidad. Algunas ramas importantes del derecho público contemporáneo son, entre otras, el derecho constitucional, el derecho administrativo o el derecho penal; al derecho privado pertenecen el derecho civil y el mercantil. Algunas disciplinas como el derecho internacional también obedecen a esta clasificación, dividiéndose en derecho internacional público y privado”.
Con poca sorpresa, al revisar el plan académico se identificó la coincidencia de que en primer año se lleva Derecho Romano y que, nuevamente, no hay una materia que abarque el estudio del Pluralismo Jurídico. EL Derecho Internacional y Público se enseñan como una sola materia en cuarto año y, nuevamente, el Derecho Civil es transversal a toda la Carrera, mientras que el Derecho Constitucional es una materia de segundo año denominada como “Derecho Constitucional y Procedimientos Constitucional”.
En la materia denominada por la Gabriel René Moreno como “Derecho Romano e Historia del Derecho Romano”, dictada en primer año, se enseña: Desarrollo histórico del derecho romano. Personas. Formas de legitimación y adopción. Historia del derecho romano después de Justiniano. Derechos reales. Historia del derecho boliviano.
En segundo año, se tiene la materia de “Derechos Humanos, su procedimiento y Derecho Indígena” y, finalmente, cabe destacar que el Derecho Informático, como materia de cuarto año, está compuesto por: Informática, conceptos básicos. Aplicación de la Informática en el campo del Derecho. Derecho Informático. Elaboración de Memoriales. Contratos. Tratamiento de textos. Excel. Banco de datos Jurídicos. Internet.
Cuando nos preguntemos por qué los intentos de Reforma Judicial han fracasado en el Estado Plurinacional de Bolivia, miremos a los perfiles de abogados y abogadas de las Universidades en nuestro país, como reflejo de la crisis judicial. Con tres simples ejemplos se identifica una clara deficiencia, las Carreas de Derecho no están acompañan ningún proceso de transformación y no están cumpliendo con su mandato constitucional (artículos 91y 95 de la CPE).
Las Facultades y Carreras de Derecho tienen una deuda con todas y todos los bolivianos, que precisamente desde la raíz revolucionaria y transformadora de la autonomía universitaria, deben redefinir el perfil del abogado y abogada, partiendo del ideal expresado en el artículo 178 de la CPE en contraste con la realidad, deben otorgar las herramientas necesarias y suficientes para materializar los principios de la justicia.
Es urgente alejarse de la pedagogía del miedo, rediseñar los planes de estudios que no corresponden con la Constitución Política del Estado, impulsar investigación plural, proyectos y reformas de ley, generar cultura y profesionales que respondan a las carencias del sistema de justicia de nuestro país.